jueves, 21 de febrero de 2019

Escuela Positivista (Siglo XIX)


ESCUELA POSITIVISTA

Defiende ante todo la idea del hombre como un ser libre, racional e igual, defiende la idea del libre albedrío, esto supone que el hombre tiene capacidad de decisión, capacidad de autodeterminación, el hombre no está sujeto a determinismos, no está sujeto a fuerzas divinas.

El positivismo fue consecuencia de los temas alcanzados por las ciencias naturales en los estudios filosóficos se incluyo en todas las disciplinas incluyendo el derecho, la psiquiatría, criminología y la psicología.

Es una filosofía que creó un impacto, por lo tanto, una influencia enorme en el campo científico e incluyendo en la búsqueda del cocimiento comprobable. El positivismo esta enlazado con la búsqueda de métodos basado en lo experimental, rechazando conclusiones religiosas, morales o conceptos abstractos. El positivismo se expandió grandemente como un pensamiento progresista, revolucionario  capaz de sacar al mundo de los pensamientos de la antigüedad. El hombre y la ciencia serian los participes de todas las explicaciones y los descubrimientos capaces de superar todos los obstáculos que se presenten en la sociedad y hasta en la propia naturaleza.

La Escuela Positiva de Derecho Penal sostiene que las malas tendencias de estos individuos son una consecuencia de su organización física y psíquica, la cual es esencialmente diversa de la del hombre normal.
El positivismo no niega la existencia de lo absoluto, pero tampoco se ocupa del problema solamente limitándose al estudio de lo real. Por ello los positivistas negaron el carácter científico a las disciplinas filosóficas.

Dos tipos de criminalidad:

a) Atávica: Corresponde a los verdaderos criminales, aquellos que están dispuestos a realizar crímenes.

b) Evolutiva: Es la que viene definida por la ley, características propiamente del delincuente por que le hacía falta la resistencia a las tentaciones ambientales. Con respecto a la pena trata de proteger el orden social.  


La escuela clásica trata de que el delincuente vea el grado del delito que ha cometido para que así sepa que su acción tiene consecuencia y así poder investigar la causa del delito.

                                              
Augusto Comte. (1798-1857), considerado el padre del positivismo, a partir de él se inicia el interés por clasificar las ciencias. El postulado de esta ciencia se basa en el culto de los hechos y de los fenómenos, toman referencias de las ciencias naturales y pretenden trasladarlos al derecho penal.

Representantes de la Escuela Positivista:


                                            
Cesare Lombroso: Considerado como el fundador del positivismo biológico, desarrolla su teoría del hombre criminal, él pertenecía a la escuela de antropología criminal, establece el concepto de criminal atávico, en el cual según el delincuente representa una regresión a estados evolutivos, caracterizando a la conducta del delincuente una conducta innata. Este criminal podía ser reconocido debido a sus rasgos físicos, por ejemplo, asimetría del rostro y un hoyuelo en medio del occipital.

Clasificación de los delincuentes según Lombroso:

Delincuente loco moral, alcohólico, histérico, no puede poseer una única personalidad.

Delincuente ocasional, que es aquel que delinque por la existencia de elementos externos que lo predisponen a cometer delitos, se siente atraído por cometer delitos.

 Delincuente pasional, que es aquel que delinque producto de la pasión que lo lleva a la violencia, lo hace ver como si tuviera un síntoma de venganza.

Delincuente nato, presenta una serie de anomalías producto de la regresión de etapas primitivas.

Delincuente epiléptico, es un delincuente violento y agresivo, comete delitos bastante graves sin sentir remordimiento alguno.
                                          


Enrico Ferri: Para él, el hombre es una máquina que no posee autodeterminación con respecto a su conducta , si no que esta era relacionada por distintos factores que en un tiempo terminarían en la comisión de un delito. Con respecto a la búsqueda de los fenómenos determinantes en la conducta, Ferri elaboro una ley de saturación. De acurdo con esto, cada año el nivel de criminalidad estaría determinado por diversas condiciones físicas y sociales con factores congénitos y de los impulsos del individuo, sin embargo resultaba importante cuestionar que medio social era al que se refería, a qué condiciones y de qué cantidad de delitos se hablaba.

Postulados Fundamentales:

El método, según el positivismo, el pensamiento científico debe descansar en la experiencia y la observación, mediante el método inductivo, de lo contrario no pueden ser consideradas exactas. El positivismo surgió como consecuencia de las ciencias naturales, claramente ya se ha caracterizado por sus métodos inductivos de indagación científica.


El derecho, es un producto social, lo mismo que otras manifestaciones de la vida humana. Esta concepción adecuada al método empleado, no permite dar al derecho distinto contenido del que resulta de las fuentes legislativas.

El derecho penal, también es un producto social, obra de los hombres, la ley penal representaba el poder que el estado ejercía, como derecho y deber impuesto por la necesidad. La razón de la justicia penal es la defensa social, entendida como defensa del estado.
Los temas de estudio son el delito, el delincuente, la sanción y el juicio.

El delito, es una fenómeno tanto jurídico como táctico, debe de contemplarse ambos aspectos, ya que, si alguno de estos no se integra, resultan ineficientes. Ferri estableció una clasificación de delincuentes: nato, loco, habitual, ocasional y pasional.

La sanción, tiene como fin asegurar la defensa social y de cumplir con una función preventiva. No solo debe de ser establecida a la gravedad del delito, si no que también a la peligrosidad del delincuente, incluyendo la segregación por tiempo indeterminado, esto hasta que el delincuente se aparente apto para la vida libre.

Coincidencias:

El punto de mira de la justicia social es el delincuente, el delito es un síntoma delatador de su estado peligroso.

La sanción penal a la que se establece, debe estar proporcionada y ajustada al estado peligroso y no a la gravedad objetiva de la información.

El método es el inductivo, experimental.

Todo infractor de la ley penal, tiene responsabilidad legal.

La pena posee una eficacia restringida, importa más la prevención que la represión de los delitos, por lo tanto las medidas de seguridad importan más que las penas.

El juez tiene el poder de determinar la naturaleza delictuosa del acto cometido y de establecer la sanción, imponiéndola con duración indefinida para que se pueda adaptar a las necesidades del caso.

La pena, como medida de defensa, tiene como fin reformar a los infractores a la vida social.

El criminal es para esta escuela el protagonista de la justicia penal y, en general, de la ciencia criminal. Por consiguiente, su estudio debe ocupar un sitio de preferencia en estas disciplinas.

 Postulados de la Escuela Positivista


El punto de mira de la justicia penal es el delincuente, el delito es solo un síntoma revelador de su estado peligroso.

Método experimental, se rechaza lo abstracto para establecer un carácter científico solo a lo que se pueda establecer como experiencia y de observación.

Negación del libre albedrío, el hombre no posee de libertad de elección.

Determinismo de la conducta humana, consecuencia de la negociación del libre albedrío: la conducta esta establecida por factores físico-biológico, psíquico y carácter social.

El delito como fenómeno natural y social, el delito es resultado de las causas apuntadas, tiene que ser establecido forzosamente un fenómeno natural y social.

Responsabilidad social, se sustituye la imputabilidad moral por la responsabilidad social, si el hombre se encuentra impedido a delinquir, la sociedad debe defenderse también.

Sanción proporciona al estado peligroso, la sanción no debe de corresponder a la gravedad del delito cometido , si no a la peligrosidad del autor.

Importa más la prevención que la represión de los delitos, la pena es una medida de defensa cuyo objetivo es reformar a los delincuentes y que ellos vean que toda acción tiene su consecuencia, por esto es importante las medidas de seguridad que las mismas penas.

El delincuente sólo aparecerá como el sujeto activo del delito y no se le prestará mayor atención.
El crimen es consecuencia de un mal uso de la libertad, todos los ciudadanos son criminales en potencia porque todos son libres.

La teoría del aprendizaje, las consecuencias biológicas para descubrir las experiencias que tiene el individuo y por lo tanto comprender su nivel de criminalidad, hay que ver el entorno que rodea al individuo.

En 1952 Christie, realiza una investigación junto a individuos encarcelados para determinar su conducta y estos fueron los resultados:

a) Con respecto a sus características personales entre el guardia torturador y no torturados no existe diferencia

b) Todos los guardias tenían características similares al resto de la población.

c) Entre los prisioneros abundaba el hambre extrema y con ello el olor nauseabundo de alguno si se corta o tiene una herida.

d) Alteraciones en la conducta de los prisioneros, por lo que los carceleros veían a los prisionero no con conductas normales, por lo que estos los torturaban.

En conclusión tenemos la posibilidad de actuar con crueldad, sin considerarse asesino, es decir muchas personas pueden hacerle daño a otra, sin que esto se distinga como prohibido, perjudicial o dañino.

La "Escuela Positiva" en verdad muere en Italia luego de un suceso y también progresiva carrera renovadora en el problema del delito: y si bien a ello contribuyó la imposibilidad de concretar en la práctica la irrealidad de ciertas ideas.



BIBLIOGRAFIA

file:///C:/Users/Ronald/Downloads/Antolog%C3%ADa%20Fundamentos%20de%20Criminolog%C3%ADa%20(1).pdf
file:///C:/Users/Ronald/Downloads/Evoluci%C3%B3n%20Hist%C3%B3rica%20de%20la%20Criminolog%C3%ADa%20(1).pdf
file:///C:/Users/Ronald/Downloads/WaelHikal%20-%20Resumen%20introduccion_al_estudio_de_la_criminologia%20(1).pdf
https://es.slideshare.net/marielcontreras7/la-escuela-positivista-criminologa

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