miércoles, 20 de febrero de 2019

Escuela Clásica (Siglo XVIII)

ESCUELA CLÁSICA

En los siglos XVII y XVIII surgieron nuevas clases sociales, mercaderes, burgueses, ésta época era conocida como la Era de las Luces. Surgieron cambios en la manera de pensar en la búsqueda de normas legales, por esto las personas se dan cuenta de que el hombre experimenta dolores y placeres, por tal motivo el estado se deja de ver como entidad divina, la cual oponía castigos y reglas, por lo contrario se exigió que se juzgara por el sentido de la razón.

Defiende ante todo la idea del hombre como un ser libre, racional e igual, defiende la idea del libre albedrío, esto supone que el hombre tiene capacidad de decisión. Partiendo de esta idea, para los clásicos no hay diferencias entre el hombre delincuente del que no lo es, el hombre elige libremente su carrera criminal.

Beccaria escribió una obra llamada "Delitos y Castigos", esta fue escrita por él con tan solo 26 años de edad. El trataba de que existiera igualdad entre todos los ciudadanos ante la ley, redactar las leyes de una manera que no solo los del poder pudieran interpretarlas y de esta manera que los juristas no desvíen la moral de de la ley.

Se puede decir que gracias a la escuela clásica finaliza las injusticias que el derecho penal representaba, dan paso al reconocimiento de las garantías individuales y la limitación del Estado.
Rossi, fue un profesor reconocido por su escrito y quien fue asesinado por sus pensamientos políticos. Este consideraba que existía una doctrina doble moral que todos debíamos seguir, diciendo que las ordenes que debían cumplir ya que todos los individuos estamos hechos para vivir en sociedad.
Giovanni, otro ilustre, explicaba que el castigo que se le impone a un criminal por lo cometido, no se hace con el afán de tomar venganza sino que se trata de prevenir de que este vuelva a cometer delito alguno en un futuro.

 Postulados de la escuela clásica:
  1. Encontrar bases filosóficas en el Derecho Natural.
  2. Respeto total al principio de la legalidad.
  3. Observar el delito como ente jurídico y no uno filosófico.
  4. Libre albedrío.
  5. Aplicación de penas a individuos moralmente responsables.
  6. Quienes tengan libre albedrío como locos y niños quedan excluidos del derecho.
  7.  La pena es lo que el criminal deberá pagar por el delito cometido.
  8.  Retribución exacta.
  9.  Las penas son sanciones que deben reunir los requisitos necesarios para su ejecución, deben de ser correctivas e intachables.
  10. La finalidad de la pena es restablecer el orden social que ha ido destruido por el delincuente.
  11. El derecho de castigar pertenece al Estado.
  12.  Normalidad del delincuente, no existen diferencias cualitativas entre el delincuente del que no lo es.
  13.  Derecho Penal como garantía de libertad.
  14. El método debe ser lógico-abstracto.
  15. El Derecho Penal sirve para mantener el orden de las cosas, la sociedad necesita que se regulen las conductas que van en contra de la Ley Natural.


POSTULADOS:

·       Igualdad: El hombre nació libre y con igualdad de derechos.

·       Libre albedrío: En todos los hombres se les ha postulado el bien y el mal, pero también se les ha otorgado la capacidad de decidir entre lo bueno y lo malo.

·       Entidad delito: El delito es un ente jurídico, una injusticia.

·       Imputabilidad moral: Como consecuencia del libre albedrío, base de ciencia penal para saber si el hombre elige entre el bien y el mal por decisión propia y este debe de responder por su conducta.

·       Método deductivo: Este es un método finalista, teológico.

Se puede concluir que gracias a la Escuela Clásica se pudo finalizar con las injusticias cometidas por el Derecho Penal, dando reconocimiento a las garantías individuales y la limitación del poder absoluto por parte de Estado.

La criminología basa las características psicológicas que diferencian a los sujetos "criminales" de los individuos "normales", y en la negociación del libre albedrío que es propio de cada individuo según las intuiciones que este tenga entre la diferencia del bien y el mal mediante una rígida vigilancia. Estas teorías eran propias de la criminología positivista, que inspirada en la filosofía y en la psicología naturalista, la cual predomino entre fines del siglo pasado y a comienzos del presente.


                                                

J. Bentham (1748-1832). Jurista inglés. Como penitenciarista, se inspiró en la obra de su maestro Howard destacando la atención pública de los reos liberados y la efectiva reforma y corrección del delincuente. Fundamentó el castigo. Para Bentham el modo de evitar la comisión de delitos es aprovechar el hedonismo que rige el comportamiento humano.


                                                
J. Howard (1727-1790) juez de Bedford y consejero del Parlamento Inglés para asuntos penitenciarios, realizó estudios acerca de las cárceles de su época que se reflejan en su obra publicada en 1777 Situación de las prisiones en Inglaterra y Gales. Concedió importante el estudio del hombre delincuente, del recluso, siendo su método la observación mediante el contacto directo con aquellos. Recomendó la separación de los internos por edades y sexos.

                                                                   


Jean Gaspar Lavater (1741-1801). Pastor protestante. En 1776 publica Fragmentos fisionómicos para conocimiento del hombre y del amor al hombre, donde hace una serie de comparaciones con los animales; cuando la persona se asemeja a un perro, un conejo, un cerdo, le otorga las características psicológicas que se les atribuyen a tales animales.

ESCUELA CORRECCIONISTA

Es un ente de conocimientos relativos a la defensa del delincuente a través de corrección, tutela y protección para que así no vuelva a cometer delitos.
Es distinta a la Escuela Clásica, ya que esta se enfoca mas en el comportamiento del hombre. En esta se procura mejorar al delincuente para que de este modo no sea dañino para su seguridad general.

Postulados:

·       Método: Se considera estudiar al hombre "vivo y efectivo".

·       Delito y Delincuente: El delito se comete ya que el hombre y su mente se contradicen. La causa es un defecto de su voluntad que se muestra al exterior por el delito cometido.

·       Pena: Medio de corrección por el acto cometido por el delincuente.

·       Fin de la pena: El punto es corregir, por lo que debe de estar recluido hasta que cumpla con el castigo y se debe de aplicar según la perspectiva del autor.

Enfoque Marxista

Es una de las escuelas de criminología. Se centra en por qué las cosas cambian en la sociedad y en ver como esta se divide por el poder, riqueza, prestigio y percepciones. La finalidad es establecer una comprensión de cómo el entorno social da origen a la delincuencia y condiciones criminalísticas. Marx sostenía que la ley es un mecanismo por la cual una clase social se conoce como "clase dominante", mantiene las demás clases en desventaja, por lo cual la clase Marxista intenta explicar el por qué de algunos actos, por lo tanto está en el delito político y estatal.

El Marxismo brinda una base teórica sobre la cual interrogar y obtener hipótesis se traduce que el poder político representa empoderamiento de las mayoría que viven en el Estado. Por lo tanto se informa a gran parte de fenómenos sociales no solo en criminología si no que también en otras materias que exploran las relaciones de poder. Muchos criminólogos coinciden en que para que una sociedad funcione de manera productiva en necesario que exista una "Ley", nombre dado por los medios utilizados para cumplir los intereses del Estado. Investigadores afirman que el poder político se utiliza para reforzar desigualdad económica. Los Marxistas dicen que una sociedad socialista presenta menos delincuencia. Se califica el crimen cometido por personas por su base de su pertenencia a algún tipo de clase social, sin entrar en victimología para identificar si una persona es más probable de sufrir un delito. Un análisis puede demostrar que la distribución de la pena por cualquier delito cometido puede variar de acuerdo a la clase social del autor, sin embargo existe una ley que para proteger los intereses de aquellos que son dueños de propiedades. Las tasas de crímenes son capaces de compararse con estados donde existen desigualdades de distribución de riquezas, independientemente de ser de primer, segundo o tercer mundo.

La creación de las cárceles surgió ante la necesidad de mantener en secreto el tratamiento de la delincuencia. Las ejecuciones, llevadas a cabo en público, fueron cada vez más discretas hasta desaparecer, por completo, de la mirada pública. Las torturas, consideradas como bárbaras, tenían que ser modificadas por otra cosa. Foucault señala que la prisión se debió a una elección, en una época en la que la problemática era de castigar al delincuente y la privación de libertad.

Fisionomía


 Los fisonomistas estudian la apariencia externa de los individuos y las relaciones entre dicha apariencia y su ser interno. San Jerónimo decía: “La cara es el espejo del alma y los ojos, aun cuando callen, confiesan los secretos del corazón...”. Ellos señalan que el rostro de las personas puede revelar su carácter delincuencia. Se propone la cárcel ideal, en la que debe imperar el trabajo, el estudio, el orden y la paz, para lograr la re adaptación de los delincuentes.

BIBLIOGRAFIAS:

file:///C:/Users/Ronald/Downloads/Historia%20de%20la%20Criminolog%C3%ADa.pdf
file:///C:/Users/Ronald/Downloads/WaelHikal%20-%20Resumen%20introduccion_al_estudio_de_la_criminologia.pdf
https://www.monografias.com/trabajos102/criminologia-y-sus-escuelas/criminologia-y-sus-escuelas.shtml

1 comentario:

  1. Es muy importante resaltar que el termino de escuela clásica fue un termino que acuño Enrique Ferri a los juristas posteriores a Becarria.
    A demás creo tipificaciones de los comportamientos considerados desviados en el que se considera a este como personas inferiores y anormales que presentan patologías con las que se clasifica al delincuente. Otro aspecto a tomar en cuenta es el postulado respecto a que el derecho de castigar corresponde al estado.

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